La corrección debe ser realizada por personal de la Agencia para lo cual hay que ponerse en contacto con este (ver relación de personal por tipo de declaración) enviando solicitud de modificación justificada por escrito.
La declaración solo se puede hacer en el plazo establecido de los 10 primeros días de cada mes. En el caso de no haberse hecho deberá enviarse por escrito, lo que no eximirá al declarante de la responsabilidad en la que incurre por incumplir el plazo previsto
Nó, siempre y cuando comunique el cese de actividad y la inexistencia de productos en sus instalaciones de forma escrita a la Agencia.
La declaración telemática puede bloquearse en el caso de que se introduzca 3 veces mal el número de identificación. Para desbloquearla, una vez introducido el CIF/NIF correcto pulse en la parte baja de la izquierda “recordar número de identificación”. Tras responder a la pregunta de control se la recordará el número de identificación, y se le desbloqueará la declaración.
En la pantalla de entrada solicite el alta en la aplicación pulsando en el epígrafe correspondiente (parte de abajo derecha) cumplimente los datos solicitados. Después contacte con la Agencia para confirmar el alta. Recibirá su número de identificación por escrito.